¡VIVA LA PEPA! – elnuevodia.com

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13 de marzo de 2011

El año próximo se conmemora el bicentenario de la Constitución de Cádiz, llamada alegremente “la Pepa” por haber sido promulgada, para España y sus colonias, el 19 de marzo de 1812
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“¡Viva la Pepa!”, el grito resonó en Cádiz aquel 19 de marzo de 1812. Y también su segunda parte: “¡mueran los gabachos!” Lo que hoy nos parece chino era muy claro para quienes gritaban (o callaban). “La Pepa” era la Constitución promulgada por unas Cortes (o cámara legislativa) en las que –por vez primera- las posesiones americanas habían tenido voz y voto. Con esa Constitución, España entraba en la modernidad: reconocía que la soberanía de las naciones residía en el pueblo mismo y no en la voluntad de un monarca con poderes absolutos. El document acusaba la influencia de la Declaración de los Derechos del Hombre, proclamada 23 años antes, en los albores de la Revolución Francesa.

Los “gabachos”, por otra parte, eran los franceses que habían invadido la península bajo el mando de Napoleón Bonaparte en 1807. Un levantamiento del pueblo de Madrid el día 2 de mayo de 1808, inmortalizado por la serie de grabados que Goya tituló “Los desastres de la guerra”, dio paso a una serie de abdicaciones que intentaron legitimizar la ocupación del trono por el hermano de Napoleón, José I, apodado despectivamente

“Pepe Botella”. (Carlos IV de Borbón, rey de España, abdicó, en Bayona, a favor de su hijo, Fernando VII; este, a su vez, lo hizo a favor de Napoleón, quien le dejó el trono a José I: “el primero y el último”, según frase de un contemporáneo.)

La Junta Suprema y Gubernativa asumió entonces la Resistencia al invasor y la reconstrucción del estado. En 1809 convocó a unas Cortes que se reunieron primero en Sevilla, trasladándose luego -debido al avance de la guerra en la península- a la ciudad de San Fernando, provincia de Cádiz, y finalmente a la ciudad de Cádiz propiamente, ambas sitiadas por los franceses (sitio descrito dramáticamente por Arturo Pérez Reverte en su reciente novela “El asedio”). Desde el inicio se proyectó que las posesiones americanas y asiáticas de España tuvieran representación. Coincidían las Cortes en el tiempo, sin embargo, con el inicio de movimientos de liberación en Venezuela (abril del 1810); en el Río de la Plata (mayo de 1810) y en México (el “Grito de Dolores”, en septiembre de 1810). Una buena parte de las colonias envió diputados, con la excepción de algunas de las disidentes. “Era la primera vez en la historia universal”, ha escrito el estudioso Manuel Chust, “que una metropolis accedía a contemplar en calidad de igualdad de representación a sus colonos. Será también la última.”

El diputado por Puerto Rico fue Ramón Power. En nuestra Isla, al igual que en muchos otros territorios del imperio español en ultramar, primaba aún el anhelo de más libertades y de una autonomía al amparo de la nación española.

UN BORICUA EN LAS CORTES

Ramón Power, delegado puertorriqueño y vice-presidente de las Cortes de Cádiz

La imaginación puertorriqueña ha sido captada por las circunstancias de la elección de don Ramón Power y Gira  como diputado a las Cortes. Puertorriqueño nacido en San Juan, educado en España y con una trayectoria ilustre de servicio (una carrera brillante como oficial naval incluyó su involucración en las guerras contra Napoleón y contra los ingleses), triunfó en una votación en la que también figuraba el primer Obispo puertorriqueño, Juan Alejo de Arizmendi. Este, sin embargo, reconoció la importancia de la encomienda de Power entregándole su anillo episcopal para que no olvidara “proteger y sostener los justos derechos de sus compatriotas”. Tal gesto se ha visto como la manifestación de un naciente sentimiento patrio.

Las instrucciones que a Power le dieron los cinco cabildos (o municipios) que para entonces existían en Puerto Rico -San Juan, San Germán, Coamo, Aguada y Arecibo  permiten conocer no sólo las aspiraciones de los puertorriqueños de entonces, sino la situación que tenían. En ellas –aún más que en gestos como el del anillo- se pueden vislumbrar ya los anhelos difundidos de una mayor libertad local. En varias instancias los cabildos hablan de Puerto Rico como la “amada patria” (expresión que se refería a un sentimiento de pertenencia regional, pero que no deja de ser significativa). En las instrucciones del cabildo de San Germán, sin embargo, esa ciudad reconoce la autoridad de la Junta Suprema que gobierna a nombre del legítimo rey, Fernando VII y su dinastía, pero añade que “…si por Disposición Divina… se destruyese ésta y se perdiere la Península de España, quede independiente esta Isla y en libre arbitrio de elegir el  major medio de la conservación y subsistencia de sus habitantes en paz y Religión Christiana.”

Son insistentes las peticiones de reformas fiscales y comerciales y las que reaccionan contra los extranjeros (“Que no se consientan extranjeros en esta Ysla”, dice el Cabildo de San Juan, “y que de los existentes se manden salir todos aquellos que no estén connaturalizados por escrito del soberano o casados con mujeres acomodadas de la propia Isla. Y que la misma suerte corran los catalanes…”.) Se pide una y otra vez el establecimiento de una universidad y más atención a la educación, además de más puertos para el comercio. Llaman la atención asimismo las referencias a la esclavitud. En el informe del alcalde Pedro Yrisarri al Ayuntamiento de la capital en 1809 como preámbulo de las instrucciones a Power, se demuestra un interés en su disminución o abolición, en gran parte por el temor a que surjan insurrecciones como la de Haití (el alzamiento de Toussaint-Louverture data de 1791). Se pide, por otra parte, que se aliente el número de jornaleros provenientes de las Islas Canarias y que se fomente el trabajo de los hombres libres, muchos de los cuales viven en la ociosidad. “Puerto Rico, sin esclavos, es susceptible de igual producción (a la de la España agrícola)”. Power, nombrado vicepresidente de las Cortes, se distinguió por sus peticiones a favor no sólo de Puerto Rico, sino de todos los pueblos americanos. Insiste, por ejemplo, en una representatividad igual de los diputados de ultramar, protestando de que estuvieran en minoría respecto a los españoles (60 americanos y 300 españoles): “La voz de un corto número de representantes ahogada por una mayoría excesivamente considerable, jamás podrá tener en este augusto Congreso aquella fuerza, aquella dignidad, ni aquel influjo que moralmente les pertenece; y así es que las Américas están representadas en las actuales Cortes extraordinarias con diferencia, porque no lo están ni en el número, ni en el modo, ni en la forma correspondiente a sus derechos”.

Él, que tan conciente debió estar de la situación de las colonias españolas por sus frecuentes viajes a varios puntos de ellas y por su relación con quienes las administraban, trató de explicar en el foro provisto por las Cortes el origen de muchos disturbios: “La América por desgracia ha sufrido el más duro peso del despotismo y la tiranía… De aquí el principio de tantas injusticias y de aquí también el origen de los diversos movimientos que por desgracia han turbado el orden en Caracas, en Quito, en la Paz, en Buenos Aires, y de aquí también el germen de descontento sembrado en otras provincias americanas”. Señala hacia el papel fundamental de las Cortes en un momento en que sería possible aún contener los impulsos separatistas. Se logrará, dice, si los hechos convencen a todos de que “ya no existe ninguna odiosa diferencia de derechos entre el ciudadano español de la Península y el ciudadano español de las Américas, cuando en fin seamos todos humanos, todos españoles”. Y va aún más lejos al pedir la amnistía para los rebeldes de Caracas.

Para Puerto Rico pide de manera apasionada e insistente que se rescindan las facultades omnímodas que le otorgara el Consejo de Regencia al Capitán General de la Isla (su enemigo, el gobernador Meléndez Bruno), facultades que le daban la potestad de detener a cualquier persona, encarcelarla y/o exilarla sin explicación alguna. Podemos intuir la emoción con la que clama que se trata de una “orden bárbara… la orden más abusiva y despótica de que hay memoria en los fastos de la opresión americana”

En vista de su actuación en las Cortes, de su elocuencia y de las posiciones que defendió, puede decirse que Power fue el primer puertorriqueño que tuvo una resonancia política internacional. En una carta dirigida al ayuntamiento de San Juan el mismo día en que fuera proclamada la Constitución, se regocija de que “Ya somos libres y ahora indudablemente seremos españoles”. Se cumple, en sus intervenciones, el imperativo que suponía la convocatoria a Cortes de los diputados americanos: se les pedía que pensaran no sólo en términos regionales, sino en terminus continentales.

La Constitución

Las Cortes formularon el documento más avanzado de su momento en España. Tras las discordias, desacuerdos y enfrentamientos, finalmente se aprobó la famosa “Pepa”, cuyo Artículo I afirmaba, sentando una nueva relación de España con sus colonias: “La nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios”. El nuevo estado –tanto en su parte continental (la península) como en ultramar (las colonias convertidas en provincias)- contemplaba igualdad de derechos para todos y la igualdad de representación (aunque quedaba mucho por hacer: se les reconocía los derechos civiles a los mulatos, pero no los políticos). Entre los derechos concedidos estaban el sufragio masculino universal; el establecimiento de una monarquía constitucional con separación de poderes; la libertad de imprenta y de industria (pero no de religión). Se organizaba además el gobierno de la península y de ultramar a base de organismos representativos electos que, a nivel local, descansaban primeramente en el municipio y, a nivel provincial, en una Diputación Provincial (equivalente a una Legislatura que administraría el gobierno, recaudaría los impuestos y canalizaría las peticiones al gobierno central). El organismo central de todas las Españas, representativo también, serían las Cortes.

Uno de los objetivos de la Constitución era reducir el poder de la corona, de la nobleza y de la Iglesia. Otro era la reorganización del gobierno. El efecto sobre las colonias fue dramático a pesar de que –en ese momento- la Constitución de Cádiz sólo estuvo vigente por dos años (1812-14). Al regreso de Fernando VII (apodado ¡cuán equivocadamente! “el deseado”), el rey procedió a imponer el viejo régimen centralizador de una monarquía absoluta. Disolvió las Cortes, derogó la Constitución y ordenó el arresto de los diputados liberales. Se selló, con ese viraje drástico, el futuro de España y sus colonias: tras sentirse los americanos, por un breve tiempo, que por primera vez se oía – en paridad- su voz y que ya no eran súbditos de un Rey sino ciudadanos de un estado moderno, la restauración de la monarquía y sus restricciones alentó las revoluciones de independencia. Las luchas se prolongaron hasta la tercera y cuarta décadas del siglo XIX, cuando todos los estados americanos la habían obtenido salvo la República Dominicana, que luchó una segunda guerra de independencia, lográndola finalmente en 1865, y Cuba, Puerto Rico, Guam y las Filipinas, que siguieron siendo españolas hasta 1898.

El modelo de estado constitucional inaugurado por la “La Pepa” fue el que tuvieron ante sí los países nuevamente independientes. Y las Diputaciones Provinciales los iniciaron en la práctica de gobiernos representativos, cosa que ayudó a su desarrollo político.

La Comisión del Bicentenario

La Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación, compuesta por juristas y estudiosos del derecho y presidida por el Lcdo. Antonio García Padilla, inaugurará este próximo 19 de marzo un año conmemorativo del Bicentenario de la Constitución de Cádiz. Se han organizado actividades importantes, entre ellas el establecimiento de una base documental cibernética en la que se podrán consultar documentos como la propia Constitución, el estatuto de Bayona (donde se llevaron a cabo las abdicaciones sucesivas de un soberano en otro), las instrucciones de los cabildos de Puerto Rico a Ramón Power, el discurso del Obispo Juan Alejo de Arizmendi y la correspondencia que este cursó con Power. Se proveerán también enlaces con otras páginas del mismo tema.

Se ofrecerá un ciclo de conferencias, las primeras dos de las cuales se llevarán a cabo durante este mes de marzo: “Las instrucciones de los cabildos a Power”, por la Dra. Silvia Álvarez Curbelo (el 17 de marzo) y “La participación de Power en las reuniones secretas de las cortes”, por el Dr. Enrique García Agulló (24 de marzo).

Una actividad con reclamo amplio es la convocatoria a tres certámenes de ensayos: uno a nivel profesional, otro a nivel universitario y el tercero a nivel escolar. La convocatoria se abrirá el 19 de marzo de 2011 y cerrará el  19 de marzo de 2012. Habrá premios en metálico para los ganadores: $1,000, $750 y $500 respectivamente.

Se reorquestará y montará el ‘Te Deum’ compuesto en occasion de la adopción de la Constitución y en la conferencia de cierre tomarán parte el Honorable Juez Stephen Breyer, del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que hablará sobre “El valor constitucional de Cádiz” y el presidente del Tribunal Constitucional de España, Honorable Pascual Sala. Para más información sobre las actividades, escriba a: ajpr@academiajurisprudenciapr.org